Se prorrog贸 la prohibici贸n de efectuar despidos sin causa.
Se prorrog贸 la prohibici贸n de efectuar despidos. El gobierno nacional oficializ贸 la pr贸rroga por 60 d铆as de la prohibici贸n para las empresas de efectuar despidos sin justa causa o bajo el pretexto de fuerza mayor, medida excepcional relacionada con la retracci贸n econ贸mica derivada de la pandemia de coronavirus, que regir谩, entonces, hasta el mes julio inclusive.
El Gobierno oficializ贸 la pr贸rroga por 60 d铆as de la prohibici贸n de realizar despidos sin causa

驴Hasta cu谩ndo se extiende la prohibici贸n de efectuar despidos sin causa?
El primer decreto emitido por el Gobierno de Fern谩ndez finalizaba el pr贸ximo 31 de mayo pero la pr贸rroga de 60 d铆as anunciada extender铆a la prohibici贸n hasta el 31 de julio.
驴Qu茅 nos dice la nueva medida sobre la prohibici贸n de efectuar despidos?
La nueva norma se帽ala que 芦con el objetivo de continuar implementando medidas dirigidas a mantener el ingreso y el empleo de la poblaci贸n, el gobierno nacional resolvi贸 prorrogar la prohibici贸n de efectuar despidos sin justa causa, y por las causales de falta o disminuci贸n de trabajo y fuerza mayor, por el plazo de 60 d铆as禄.
Inicialmente fue decretada el 31 de marzo 煤ltimo, por medio del DNU 329/2020 tambi茅n por 60 d铆as, al finalizar la primera etapa del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
驴Qu茅 incluye la nueva medida?
La medida incluye 芦la prohibici贸n de efectuar suspensiones con las mismas causales, quedando exceptuadas aquellas que se efect煤en en los t茅rminos del art铆culo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), es decir, las pactadas individual o colectivamente u homologadas por la autoridad de aplicaci贸n禄.
Dicha medida establece que 芦los despidos o suspensiones que se dispongan en violaci贸n a lo dispuesto por este decreto no producir谩n efecto alguno, y se mantendr谩n vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales禄.
Fundamentos de la medida.
El Gobierno Nacional fundament贸 la pr贸rroga en la puesta en marcha de una 芦serie de medidas que tienen como objetivo ayudar a las empresas a sobrellevar los efectos de la emergencia, entre ellas, la postergaci贸n o disminuci贸n de diversas obligaciones tributarias y de la seguridad social, la asistencia mediante programas espec铆ficos de transferencias de ingresos para contribuir al pago de los salarios y la modificaci贸n de procedimientos para el acceso a estos beneficios禄.
Tambi茅n menciona entre las medidas de asistencia las 芦garant铆as p煤blicas con el fin de facilitar el acceso al cr茅dito de micro, medianas y peque帽as empresas (MiPyMES)禄.
Consideraciones y garant铆as de la norma.
Asimismo, el Gobierno consider贸 芦indispensable continuar garantizando la conservaci贸n de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social y que ello solo ser谩 posible si se transita la emergencia con un di谩logo social en todos los niveles y no con medidas unilaterales de distracto laboral, que no ser谩n m谩s que una forma de agravar los problemas que el aislamiento social, preventivo y obligatorio procura remediar禄.
Si consideras que que te encontras en una situaci贸n de despido que no se ajusta a la norma, consultanos por este medio.
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