¿En qué consiste la cuota alimentaria?

En nuestro país, Argentina, se denomina cuota alimentaria a la obligación que tienen los padres de dar alimentos a sus hijos. Esta obligación se extiende hasta que éstos cumplen los 21 años de edad.

Cuota de Alimentos
Cuota de Alimentos

Cabe aclarar que la obligación de la cuota alimentaria puede extenderse hasta los 25 años, cuando los mismos siguen estudiando para su propia formación.

La obligación de dar alimentos consiste en el conjunto de cosas que se requiere para vivir. Se tiene en cuenta alimentos, vivienda, salud, vestimenta y educación, así como también otros gastos, como una actividad deportiva. 

¿Ambos padres están obligados a una cuota alimentaria?

El deber de los padres de suministrar alimentos a sus hijos, esto incluye a ambos.

¿Cuándo se pueden solicitar los alimentos para mi hijo?

La cuota alimentaria surge a partir del  momento de la separación o divorcio de los padres del menor. Uno de los dos quedará a cargo del cuidado del menor, siendo generalmente la madre. Quien tiene el cuidado del menor, tiene derecho a pedir legalmente que el otro progenitor que colabore con el suministro de alimentos. 

Esto se manifiesta a través del “juicio por alimentos”. Cabe destacar que muchas ex parejas arreglan entre ellos la ayuda monetaria, sin llegar a la justicia. Pero si el otro progenitor se niega o es insuficiente la ayuda que presta, se procede a la demanda legal.

¿Hasta qué edad se pueden reclamar los alimentos?

Por ley, la cuota alimentaria puede ser exigida mientras el hijo entre ambos padres sea menor de 21 años. Pero existen dos excepciones. 

La primera excepción, que es la más común, se manifiesta cuando el hijo tiene 21 años o más, pero continúa estudios universitarios con regularidad. En este caso se puede extender la cuota alimentaria hasta que el mismo cumpla los 25 años de edad.

La segunda excepción, poco común y que habitualmente no es aprobada por el juez, consiste en que el progenitor obligado a cumplir con la cuota alimentaria pruebe que el hijo, mayor de 18 años, posee ingresos suficientes para mantenerse por su cuenta.

¿Cómo se cumple con la obligación por alimentos?

Como mencionamos al principio del articulo, cumplir con la obligación de dar alimentos a los hijos no incluye sólo alimentarlos sino que consiste en cubrir un conjunto de necesidades, siempre teniendo en cuenta las posibilidades económicas de ambos padres.

¿Qué incluye la cuota alimentiria?

La cuota alimentaria consiste en un monto de dinero mensual que entrega un progenitor a otro. Pero en realidad, la cuota puede ser totalmente monetaria o en forma de especies, siendo total o en parte. 

Esto quiere decir que el juez puede determinar un monto total monetario, pero este puede dividirlo mitad en dinero y mitad en especies. Un ejemplo podría ser que el padre pueda pasarle a la madre un porcentaje de su sueldo correspondiente a la mitad de dinero exigido, y por la otra mitad, puede comprarle ropa al hijo o pagarle los estudios, etc. Esto último debe acordarse entre los padres y por supuesto ser aprobado por el juez. 

¿Cuándo se tiene que pagar la cuota alimentaria?

Se puede pagar una vez al mes, cada 15 días o cada semana. Esto es acordado entre ambos padres y según lo disponga el juez. 

¿Puedo pagarle directamente a mi hijo?

Sí, sólo en el caso de que sea mayor de edad, es decir, tenga 18 años o más. De lo contrario, será el progenitor a cargo el que cobrará en su nombre. Cuando el hijo cumple los 18 años, puede solicitarle al juez recibir el dinero en una cuenta propia.

¿Qué hacer si el otro padre no me ayuda con mi hijo?

Lo mas aconsejable es consultar a un abogado particular o bien dirigirte al Centro de Acceso a la Justicia más cercano a tu domicilio, ya sea para convocar al otro padre y llegar a un acuerdo por medio de una mediación, o bien directamente iniciar un juicio por alimentos.

¿Cuál es el porcentaje de la cuota alimentaria?

La ley argentina no establece un monto mínimo para la cuota alimentaria, pero sí se establece un porcentaje mínimo, el cual es entre 20% y 40% del sueldo del progenitor obligado. Este porcentaje depende de si es un hijo o varios hijos por los que tiene que responder el progenitor. Al estar la cuota alimentaria ligada a un valor porcentual, la misma no se ve afectada por la inflación que hay en nuestro país actualmente. 

¿La cuota incluye el aguinaldo?

Por acuerdo de los jueces argentinos, la cuota alimentaria está incluida en el aguinaldo del progenitor obligado, siendo ésta equivalente a un porcentaje o monto fijo.

¿Quién fija el monto cuando los padres se divorcian?

Los mismos padres son los que pueden ponerse de acuerdo en lo que cada uno aportará para su hijo. Pero en el caso de que los mismos no se pongan de acuerdo, interviene un juez, quien determinará la cuota más justa. 

¿Qué tiene en cuenta el juez para fijar el valor o porcentaje de la cuota?

El juez tiene en cuenta varios puntos o factores. Ingresos económicos de ambos padres, edad del menor, vivienda, gasto alimenticios, educación, discapacidades o enfermedades.

  • Ingresos monetarios de los padres

El juez busca un equilibrio entre los ingresos económicos de ambos padres. Es decir, debe cumplir el derecho del menor de vivir acorde a lo que pueden brindar sus progenitores.

  • Vivienda

El juez tiene en cuenta si el menor vive en una vivienda propia o si debe alquilar. El monto del alquiler se tendrá en cuenta a la hora de fijar el porcentaje de la cuota alimentaria.

  • Gastos de alimentación.

El juez tendrá en cuenta la canasta familiar y el dinero necesario para asegurar la buena alimentación del menor.

  • Discapacidades o enfermedades.

Se tiene en cuenta cualquier gasto extra que se manifieste con alguna discapacidad o enfermedad crónica del menor. El juez no sólo considera la parte física, sino cualquier afección psíquica o psicológica. 

  • La educación.

Ya sea que el menor esté en el nivel primario, secundario o universitario, el juez determinará los gastos vinculados a esta. Se considerarán los gastos producto del material de estudio,  transporte, etc. 

  • Otros factores.

El juez evaluará otros factores como si el menor posee obra social, o si tiene que responder a otros gastos relacionados a prestaciones de salud. También se tiene en cuenta que el progenitor que quede a cargo del menor, tendrá menos tiempo de dedicación para obtener mayor ingreso monetario.

¿Quienes pueden iniciar el reclamo de la cuota alimentaria?

El reclamo por la cuota puede iniciarlo el padre que está haciéndose cargo del hijo. Pero también puede iniciarlo el hijo, si el mismo tiene la madurez suficiente. Para ello deberá contar con un abogado que lo represente. Existe una tercera posibilidad, en el cual un pariente del joven o el mismo Ministerio Público se encargue de iniciar el reclamo por la cuota.

¿Mi hijo comienza a cobrar durante el juicio por alimentos?

Al iniciar el juicio por alimentos, el juez puede ordenar la cuota alimentaria provisoria. Para ello, quien está a cargo del hijo, debe demostrar que necesita el dinero para cubrir las necesidades de éste.


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